Los jubilados y pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado o representante legal para gestionar o percibir su beneficio en su nombre. Para ello, es necesario que tengan registrados y actualizados sus datos y los de su grupo familiar en la plataforma “mi ANSES”, y luego solicitar un turno para acudir, con su DNI, a la oficina más cercana a su domicilio.
¿Quiénes puede ser apoderados?
- Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
- Tutores o curadores.
- Abogados y gestores registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o instituciones similares públicas o privadas.
Los requisitos para ser apoderado son:
- Ser mayor de 18 años o estar emancipado.
- Presentar el DNI del titular y del apoderado (copia y original).
- En caso de ser cónyuges, presentar el acta o certificado de matrimonio en original y copia. Otros parientes deben presentar documentación que acredite el parentesco.
- Para los apoderados legales, se debe presentar el permiso o sentencia que establezca la legalidad de la tutela.
¿Cómo realizar el trámite?: Virtualmente: Ingresando a la sección de Atención Virtual en el sitio web de ANSES, utilizando la Clave de Seguridad Social, y seleccionando la opción para tramitar el poder, completando los datos del representante designado. Presencialmente: Solicitando un turno en línea para una de las oficinas de ANSES, y presentándose en la oficina asignada en el turno con la documentación necesaria.