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Proyecto de ley para que los jubilados de Santa Fe, tengan boleto gratuito en el transporte público

El proyecto impulsado en la Legislatura provincial propone establecer un sistema de boleto gratuito para jubilados y pensionados dentro del territorio santafesino. La iniciativa busca aliviar uno de los gastos cotidianos más frecuentes: el transporte.

La idea central es que los beneficiarios puedan acceder sin costo al servicio de colectivos, lo que representaría un ahorro significativo, especialmente para quienes necesitan trasladarse con frecuencia por cuestiones médicas, trámites o actividades diarias.

Además, el proyecto contempla que el beneficio sea universal dentro del sistema provincial, aunque todavía se deben definir detalles clave como el financiamiento y la implementación concreta en cada localidad. De avanzar, la medida no solo tendría impacto económico, sino también social, ya que fomentaría una mayor movilidad e inclusión para los adultos mayores.

Nuevos montos de haberes: cuánto cobrarán en mayo y junio

Se confirmaron los nuevos valores para jubilados y pensionados de Santa Fe a partir de mayo de 2026. Según lo establecido por decreto, el haber mínimo pasará a ser de $572.914,55, mientras que el haber máximo se ubicará en $5.729.148,57 desde el 1° de ese mes.

En tanto, desde el inicio de junio habrá una nueva actualización. La jubilación mínima ascenderá a $587.023,57, mientras que la máxima llegará a $5.870.235,79, reflejando una suba progresiva en los ingresos de los beneficiarios.

Como referencia, en abril los pasivos que perciben la mínima cobraron $559.813,99, mientras que el haber máximo fue de $5.598.139, lo que marca la continuidad de los incrementos mensuales.

Cómo se determinan los montos de los haberes

Los haberes jubilatorios en Santa Fe se determinan a partir de un sistema de movilidad propio, establecido en la Ordenanza N° 6.166. Según su artículo 69°, las jubilaciones son móviles, lo que significa que se actualizan mediante coeficientes sectoriales.

Estos coeficientes surgen de relacionar el aumento de los aportes realizados por los trabajadores activos con el total de las prestaciones que se pagan en cada sector. En la práctica, esto implica que los incrementos dependen de cómo evolucionan los salarios y aportes dentro de cada ámbito, como municipios o entes adheridos.

Además, la normativa fija límites claros: el haber máximo jubilatorio no puede ser inferior a diez veces ni superior a quince veces el monto de la jubilación mínima. De esta manera, se busca mantener cierta proporcionalidad dentro del sistema previsional provincial.

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