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PAMI renovó y actualizó su cartilla médica, uno de los servicios más usados por los adultos mayores

Los jubilados y pensionados que están dentro del Programa de Atención Médica Integral (PAMI) seguirán contando con uno de los servicios más utilizados entre los más de 5 millones de afiliados. El objetivo del organismo es facilitarle el acceso a la cobertura de salud pública a los adultos mayores.

La obra social estatal introdujo diferentes medidas para modernizar su sistema y así facilitarle la experiencia de los afiliados. Por tal motivo, se simplificará conseguir medicamentos gratuitos o incluso encontrar profesionales capacitados de diferentes especialidades.

Desde PAMI, explicaron que ahora la Cartilla Médica se actualizó, la cual es una herramienta clave que todos los jubilados utilizan. De esta manera, pueden encontrar médicos de cabecera, centros médicos especializados y atención personalizada para tratar sus padecimientos.

Ahora, el sistema será más intuitivo para que cualquier persona mayor pueda vincularse con la tecnología, mientras que la aplicación se adaptará a cualquier dispositivo móvil.

Los nuevos cambios de la cartilla médica de PAMI

Sin la necesidad de realizar llamadas o ir a una sucursal de PAMI, sus afiliados podrán agilizar los trámites y contar con servicios totalmente digitalizados. Entre las novedades que incluye la plataforma, están:

  • Búsqueda rápida de expertos por especialidadnombre o centro de salud.
  • Cartilla personal de forma digitalizada
  • Posibilidad de filtrar por cercanía para encontrar opciones cerca de tu casa o bien, si están en otra jurisdicción
  • Toda la información ampliada sobre sus prestaciones.

¿Quiénes puede afiliarse a PAMI?

Según la página de la entidad, para ser afiliado deben ser parte de alguno de estos grupos:

  • Los jubilados o pensionados (afiliación definitiva).
  • Los que han iniciado el trámite para acceder a un beneficio previsional de jubilación, retiro, pensión, etc. (afiliación provisoria) y familiares a cargo (afiliación provisoria).
  • El familiar a cargo (cónyuge, hijos/as menores o separado/a por art. 67 bis) de un afiliado titular (afiliación definitiva).
  • Los hijos incapacitados en forma definitiva o transitoria.
  • Los hijos estudiantes hasta los 25 años de edad inclusive.
  • Los concubinos que no posean beneficio alguno (afiliación definitiva).
  • Menores bajo guarda o tutela (hasta cumplir la mayoría de edad).
  • Personas sujetas a curatela.
  • Padre, madre, abuelos del titular sin beneficio previsional.
  • Personas mayores de 70 años sin beneficio ni cobertura de obra social (afiliación renovable anualmente).

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