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IPS anunció las fechas de cobro para jubilados y pensionados de noviembre de 2024

El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires comunicó las fechas de pago para los jubilados y pensionados. Quienes estén bajo este régimen deberán prestar atención a la terminación de sus números de documento nacional de identidad para saber qué día les toca.

Se trata de la última semana del mes de noviembre. Quienes reciben los pagos de este organismo son todos aquellos que se hayan jubilado bajo este régimen, y para eso deben haber aportado la totalidad o al menos la mayor parte de sus servicios al IPS, y validar los servicios prestados a otras cajas.

Cuándo cobran los jubilados del IPS en noviembre 2024

Las fechas establecidas para el cobro de las jubilaciones y pensiones son los últimos días hábiles del mes. Por lo tanto el calendario estará dividido entre los días jueves 28 y viernes 29 del mes de noviembre de 2024. En cuanto a los jubilados, cobrarán el día 28 quienes tengan como último número en sus DNI el 0, 1, 2 y 3. Para los pensionados es igual.

Por otro lado, quedarán para el día viernes 29 todos aquellos jubilados y pensionados cuyos DNI finalicen en 4, 5, 6, 7, 8 y 9. La totalidad de las pensiones no contributivas serán liquidadas el día 28.

Cómo tramitar la jubilación en el IPS:

Se podrá tramitar la jubilación en el IPS siempre y cuando el solicitante haya aportado la totalidad o al menos la mayor cantidad de años de servicios a esta caja y no a otra como puede ser, por ejemplo, ANSES. En caso de que haya habido servicios a otras cajas deberá realizarse el reconocimiento de servicios.

Para acceder a la jubilación ordinaria del IPS son necesarios los siguientes requisitos:

  • 60 años de edad y 35 años de servicios.
  • 50 años de edad y 25 años de servicios docentes.
  • 55 años de edad y 30 años de servicios docentes en cualquiera de las ramas de la enseñanza.
  • 50 años de edad y 25 años de servicios insalubres o agotamiento prematuro.
  • 40 años de edad y 20 de servicios al personal artístico que se desempeñe exclusivamente en cuerpo de baile.
  • 45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona afectada de ceguera congénita.
  • 45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona bajo el régimen de la ley 10593.

El trámite puede ser realizado de manera presencial, con el sistema digital de autogestión “Mi IPS”, con el sistema digital de empleadores, a través del SIAPE (para todos aquellos cesados de la administración pública), o la llamada jubilación por agotamiento prematuro, dirigida a los médicos que quieran retirarse antes de alcanzar la edad jubilatoria.

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